Cuando una empresa termina un contrato de trabajo sin justa causa, la ley no deja el monto de la indemnización a discreción del empleador. El **Artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST)** establece fórmulas específicas que cambian según el tipo de contrato, el nivel salarial y el tiempo de servicio del trabajador.
Entender bien estas reglas —y sus excepciones— es clave para cualquier equipo de recursos humanos o gerencia que quiera evitar errores de cálculo, sanciones o reclamaciones posteriores.
¿Qué es la indemnización por despido sin justa causa?
Es el pago que el empleador debe reconocer al trabajador cuando termina el contrato de forma unilateral, sin que exista una de las causales legales previstas en el Artículo 62 del CST. Es un concepto **distinto e independiente** de la liquidación final del contrato (cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios y vacaciones), que se debe pagar siempre, sin importar el motivo de la terminación.
Cómo se calcula en contratos a término indefinido
Para los contratos a término indefinido, el Art. 64 CST divide el cálculo en dos escenarios según el salario del trabajador, tomando como referencia el salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV). En 2026, con un SMMLV de $1.750.905, el umbral de 10 SMMLV equivale a **$17.509.050**.
**Salario inferior a 10 SMMLV:**
– 30 días de salario por el primer año de servicio.
– 20 días de salario adicionales por cada año siguiente, o proporcional por fracción.
**Salario igual o superior a 10 SMMLV:**
– 20 días de salario por el primer año de servicio.
– 15 días de salario adicionales por cada año siguiente, o proporcional por fracción.
Ejemplo práctico:
Un trabajador con salario de $3.000.000 (inferior a 10 SMMLV) y 3 años y 6 meses de antigüedad: - Primer año: 30 días de salario. - Dos años adicionales: 40 días (20 días x 2). - Fracción de 6 meses: 10 días proporcionales. - Total: 80 días de salario ≈ $8.000.000.
Contratos a término fijo y por obra o labor
Para estos contratos, la lógica cambia: la indemnización corresponde al **tiempo que faltaba para completar el plazo pactado** (o la obra/labor contratada), con un mínimo legal de 15 días de salario. Si un contrato fue pactado por 12 meses y el trabajador es despedido a los 8 meses, la empresa debe pagar los 4 meses restantes.
Un punto que suele generar errores: la base salarial Indemnización vs. liquidación: no son lo mismo
Es común que estos dos conceptos se confundan:
| Concepto | ¿Cuándo aplica? | ¿Qué incluye? |
**Liquidación final** Siempre, sin importar el motivo de terminación | Cesantías, intereses a las cesantías, prima proporcional, vacaciones causadas
**Indemnización** Solo cuando el despido es sin justa causa | Días de salario según el Art. 64 CST
Plazo para reclamar
De acuerdo con el Artículo 488 del CST, el término para reclamar una indemnización no pagada o mal calculada es de **3 años** contados desde la fecha del despido.
Verifique el cálculo con la calculadora de Légora
Dado que el resultado depende de varias variables (tipo de contrato, salario, antigüedad exacta), Légora Consulting puso a disposición de la comunidad una calculadora de indemnización por despido que aplica automáticamente las reglas del Art. 64 CST con los valores vigentes en 2026.
Es un primer filtro útil antes de confirmar cualquier cifra internamente.
Preguntas frecuentes
¿La indemnización por despido sin justa causa tiene un tope máximo?
No existe un tope general fijado en el Art. 64 CST para contratos a término indefinido; el valor crece de forma proporcional a la antigüedad del trabajador.
¿El auxilio de transporte se incluye en el cálculo?
No. El auxilio de transporte no constituye salario, por lo que no debe incluirse en la base de cálculo de la indemnización.
¿Qué pasa si el trabajador tiene ingresos variables?
Según la Corte Suprema de Justicia (SL1659-2025), la base se calcula sobre el promedio de lo efectivamente devengado en el último año de servicios prestados.
¿Cuál es la diferencia entre indemnización y liquidación?
La liquidación se paga siempre al terminar el contrato (cesantías, prima, vacaciones); la indemnización solo aplica cuando el despido es sin justa causa.
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*Nota editorial: el SMMLV 2026 ($1.750.905) fue fijado mediante el Decreto 0159 de 2026, de carácter transitorio, mientras el Consejo de Estado resuelve de fondo la legalidad del Decreto 1469 de 2025. Este contenido tiene fines exclusivamente informativos y no sustituye una asesoría jurídica sobre un caso concreto.*

